lunes, 21 de abril de 2014

RIO PALO

BRAYAN ALEXIS MONTAÑO RIVERA
JOAN SPENCER TORIJANO MOSQUERA 
JOAN DAVID CARVAJAL GONZALEZ
EDWIN ALBERTO ANGOLA CASTRO
EDGAR EDUARDO BANGUERO ARROYO















INTRODUCCION

En este informe nos enfocaremos en los diferentes impactos ambientales del rio palo, que entidades esta en pro y cuales en contra de la sanidad de dicho rio además de buscar una solución diplomática para un  problema  de esta magnitud que afecta a la comunidad de puerto tejada












JUSTIFICACIÓN

El motivo de este estudio es el identificar la diversidad de impacto ambientales que puede causar la contaminación de un rió tan importante para el departamento del Cauca como lo es el rio palo el cual surte agua aproximadamente a 9 municipios del cauca y es la principal fuente de trabajo para ciudadanos que sustentan a sus familias dependiendo de la pesca tradicional




 
















OBJETIVOS

Identificar cuáles son los factores que han intervenido en el deterioro y/o en la contaminación de esta fuente hídrica teniendo en cuenta que este problema que presenta el rio, al alto grado de residuos que las empresas o habitantes del municipio de Puerto Tejada arroja a esta fuente hídrica.

 


















MARCO CONCEPTUAL

RESIDUOS SOLIDOS: son los restos de actividad humana, considerados por sus generadores como inútiles, indeseables o desechables, pero que pueden tener utilidad para otras personas. En sí, es la basura que genera una persona.
CONTAMINACION: La contaminación es la introducción de sustancias en un medio que provoca que este sea inseguro o no acto a su uso.
El medio puede ser un ecosistema, un medio físico o un ser vivo. El contaminante puede ser una sustancia química, energía como sonido, calor, luz o radiactividad.

MARCO LEGAL
Artículo 5 del 99 de 1993. Funciones del ministerio. Corresponde al ministerio del medio ambiente:
1.    Renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar el aprovechamiento Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.

2.    Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural.

3.    Preparar, con la asesoría del Departamento Nacional de Planeación, los planes, programas y proyectos que en materia ambiental, o en relación con los recursos naturales renovables y el ordenamiento ambiental del territorio, deban incorporarse a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo del Plan Nacional de Inversiones que el Gobierno someta a consideración del Congreso.

4.    Dirigir y coordinar el proceso de planificación y la ejecución armónica de las actividades en materia ambiental, de las entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA).



TITULO III PROTECCION  Y CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE
5.    Párrafo.- Los ayuntamientos municipales podrán emitir normas de los tipos mencionados en este artículo con aplicación exclusiva en el ámbito territorial de su competencia y para resolver situaciones especiales, siempre que las mismas garanticen un nivel de protección al medio ambiente, la salud humana  y los recursos naturales, mayor que el provisto por las normas nacionales. El monitoreo y control del cumplimiento de la normativa ambiental municipal será de la exclusiva responsabilidad del ayuntamiento correspondiente, sin perjuicio de la competencia de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, según lo dispuesto por esta ley y sus reglamentos.

6.    Artículo 80.- Serán objeto de normativas y controles por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales todos los procesos, las maquinarias y equipos, insumos, productos y desechos, cuya fabricación, importación, exportación, uso o manejo, pueda deteriorar el medio ambiente, los recursos naturales o afectar la salud humana.

7.    Artículo 81.- Las disposiciones legales que establezcan las normas de calidad ambiental deberán fijar los cronogramas de cumplimiento, que incluirán plazos pertinentes fijados por reglamentos específicos para caracterizar los efluentes, emisiones o impactos ambientales y para realizar las acciones o introducir los cambios en los procesos o tecnologías para ajustarse a las normas.

8.    Artículo 82.- Se prohíbe el vertimiento de sustancias o desechos contaminantes en suelos, ríos, lagos, lagunas, arroyos, embalses, el mar y cualquier otro cuerpo o curso de agua.


MARCO CONTEXTUAL
RESEÑA HISTORICA: nace en el nevado del Huila, en la cordillera central .con afluente los ríos López,  jámbalo y paila los cuales desemboca en la margen derecha del rio cauca, a 91.65kms. Aguas debajo de la salvajina. En su recorrido tiene que ver con los municipios de  Páez, Toribio, caloto, villa rica, Guachene, Santander de quilichao y puerto tejada. El rio paila es su principal afluente, recibe por el sur las aguas del rio jagual y zanjón potoco por el norte recibe al guengue y este a su vez  el rio caña

El rio palo con su afluente guengue, paila y guabito, forman una cuenca muy importante que acupa cerca de la mitad de las tierras planas del norte del cauca y descargan al rio cauca su voluminoso caudal.

El rio palo se encuentra ubicado y es una corriente hidrográfica en el departamento del Cauca. En Colombia al sur américa, cuenta con una altitud de 847 metros sobre el nivel del mar sus coordenadas son 3º13`60” N y 76º25`0” W (grados, minutes, segundos) o 3.23333 y -76.4167 (en grados decimales).


 
 
BIBLIOGRAFIA




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